La simulación de operaciones, un riesgo financiero y fiscal

CFDI, Empresas que Facturan Operaciones Simuladas, Operaciones simuladas

La factura electrónica se ha convertido en un elemento crucial para que el Servicio de Administración Tributaria lleve a cabo una revisión de las operaciones que realizan los contribuyentes, lo que le ha permitido identificar si podrían estar simulando operaciones entre ellos, dando la posibilidad a deducir operaciones ante el fisco obteniendo la devolución de impuestos al ser facturas emitidas por empresas que suelen desaparecer,  dado que sus operaciones no están relacionadas con su objeto social o en las actividades económicas que registraron en el padrón de contribuyentes, además de que estas operaciones carecen de sustento económico o material.

 

Durante 2013 el SAT llevo a cabo el análisis de la información de las facturas asociadas a peticiones de devolución, en las que detectó que algunas devoluciones estaban soportadas en gastos de operaciones que no existían, lo que dio origen a conceptos como EFOS, Empresas que emiten Facturas por Operación Simuladas y EDOS, Empresas que Deducen Operaciones Simuladas; estos conceptos fueron integrados en el Código Fiscal de la Federación, para implementar medidas de control a fin de eliminar las prácticas que afectan la base fiscal gravable y alertar a los contribuyentes que tienen relación con empresas que realizan operaciones simuladas que podrán no deducir sus operaciones convirtiéndose en sujetos de revisión por cuenta de la autoridad.

 

En las operaciones económicas y de comercio que realizan los contribuyentes, puede ser que sin darse cuenta estén vinculados con EFOS, debido a la falta de revisión o verificación previa respecto del estatus de sus proveedores o socios comerciales en el SAT, por eso resultó relevante la publicación de la lista de aquellos contribuyentes personas físicas y morales identificados por la autoridad tributaria como simuladores de operaciones, a fin de que pudieran ser consultadas por los contribuyentes previa a la concertación de acuerdos o contratos comerciales.

 

El primer paso que lleva la autoridad es identificar a los contribuyentes que posiblemente realizan operaciones simuladas (presuntos EFOS) utilizando la información registrada en las facturas que emiten, para verificar si las claves de productos y servicios  están o no asociadas a las actividades económicas que informó a la autoridad y si cuenta con activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan los comprobantes, o bien, que se encuentren como no localizados en las bases del datos del SAT.

Si es el caso, se integran sus datos a la lista que publica el SAT de presuntos EFOS, quienes son notificados a través del Buzón Tributario para que desvirtúen dichas inconsistencias mediante la presentación de pruebas que sean satisfactorias para evidenciar que las operaciones se realizaron y que no son simuladas. En caso de no comprobar la materialidad de las operaciones el SAT determina a estos contribuyentes como EFOS Definitivos, llevando a cabo acciones como la publicación de sus datos en el Diario Oficial de la Federación (DOF), así como el bloqueo de los certificados de sello digital y la firma electrónica para impedir que puedan continuar operando y emitiendo facturas.

Estas acciones son realizadas por el SAT desde 2014, lo que ha tenido una tasa de efectividad del 33% en promedio anual para determinar a los presuntos EFOS  como definitivos, es decir que 3 de cada 10 presuntos EFOS se convierten en definitivos en el año en el que se identifican, mientras que la tasa de efectividad de identificación de los presuntos que concluyen como definitivos a través de los distintos periodos de 2014 a la fecha es en promedio del 86%, lo cual se puede observar en la siguiente gráfica.

 

Tasa de efectividad de identificación de EFOS
Fuente: Elaborado por Digital Signature con base en Datos abiertos del SAT.

Como podemos ver la autoridad fiscal tiene una tasa de efectividad de identificación de EFOS alta a lo largo de diversos periodos, esto se debe a que los contribuyentes suelen desvirtuar de manera parcial las revisiones a sus operaciones, aunque en algunos casos llegan a tardar más de un año para determinarlos como definitivos, por ello vemos que en las publicaciones que hace el SAT en el Diario Oficial de la Federación la lista de definitivos puede ser mayor a la de los presuntos que se identificaron en el año, como se muestra en la siguiente gráfica.

Tendencia de identificación de presuntos y definitivos
Fuente: Elaborado por Digital Signature con base en Datos abiertos del SAT.

Ahora bien, es necesario conocer cómo se encuentra la distribución de los EFOS definitivos por tipo de contribuyente, por lo que en promedio el 78% de estos corresponden a personas morales, lo cual se refleja en la siguiente imagen.

Distribución de contribuyentes publicados como EFOS
Fuente: Elaborado por Digital Signature con base en Datos abiertos del SAT.

Como podemos observar es preocupante el crecimiento de la identificación de presuntos y definitivos EFOS que se tuvo de 2017 a 2019, la cual ha tenido una tendencia decreciente que cayó en 2023 y que al parecer tiene una recuperación en los últimos dos años derivado de las acciones que lleva a cabo la autoridad fiscal, por lo que es de suma relevancia que los contribuyentes se aseguren que sus proveedores y clientes no se encuentren publicados en las listas de presuntos y definitivos EFOS, ya que esto afecta en gran medida a las empresas tanto de forma financiera al hacerse acreedor a multas o la reducción de los montos deducibles de las operaciones realizadas, así como afectando el prestigio de la compañía. ¿Quieres saber qué medidas puedes adoptar para evitar este tipo de situaciones o conocer los mecanismos de remediación ante estos problemas que impacten en menor medida a la compañía?, acércate con nosotros, en Digital Signature contamos con un equipo de expertos y sabemos cómo ayudarte.

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