Simplificación de Trámites REPSE para Micro y Pequeñas Empresas

REPSE, STPS

Nuevas facilidades administrativas para el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).

 

El Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó el 9 de junio de 2026 un Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Este acuerdo introduce facilidades para el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), beneficiando directamente a las micro y pequeñas empresas.

La simplificación referida se realiza sobre la base de segmentar a los prestadores de servicios especializados u obras especializadas en dos grupos, a saber: 1 Los que correspondan a personas físicas o morales con hasta diez personas trabajadoras; y 2 Los que correspondan a personas físicas o morales con más de 10 personas trabajadoras.

La simplificación consistente en la eliminación de diversos requisitos y es solamente aplicable al grupo de personas físicas o morales con hasta diez personas trabajadoras.  

 

¿Qué implica esta simplificación?

La medida principal es la eliminación de diversos requisitos para personas físicas y morales que cuenten con hasta diez trabajadores al momento de solicitar su inscripción, actualización o cancelación en el REPSE. Esta acción busca reducir la carga administrativa y los costos burocráticos, fomentando así la formalidad y el cumplimiento normativo.

Requisitos eliminados para empresas con hasta 10 trabajadores:

Para este segmento de empresas, ya no será necesario presentar los siguientes documentos:

  • Identificación oficial vigente del representante legal.
  • Poder notarial.
  • Comprobante de nómina.
  • Registro(s) Patronal(es) ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Comprobante de Domicilio.
  • Cédula de Determinación de Cuotas del Sistema Único de Autodeterminación (SUA).

Requisitos que permanecen:

Es importante destacar que, aunque se eliminan varios requisitos, las empresas con hasta 10 trabajadores deberán seguir presentando:

  • El formulario en línea correspondiente.
  • Para personas físicas: la Constancia de Situación Fiscal (RFC).
  • Para personas morales: el acta constitutiva y el objeto social vigente.

Fusión de Trámites REPSE

Adicionalmente, el Acuerdo fusiona los trámites de inscripción, renovación y cancelación del REPSE bajo una única ficha u homoclave: STPS-086-002. Esto simplifica el proceso al consolidar las gestiones bajo un solo procedimiento que ahora contempla las opciones de Alta, Actualización y Cancelación.

Beneficios y Vigencia

Esta acción de simplificación representa un avance significativo en materia de mejora regulatoria, facilitando a las micro y pequeñas empresas el acceso y mantenimiento de su registro REPSE. El objetivo es promover un entorno más ágil y menos oneroso para el cumplimiento de las obligaciones laborales.

El Acuerdo entró en vigor el 10 de junio de 2026.

 

Para más detalles o atender sus dudas, nuestros asesores en Digital Signature están listos para atenderle.

Igualmente, le recordamos que en Digital Signature ofrecemos soluciones tecnológicas para facilitar a quienes contratan servicios especializados o la ejecución de obra especializada, el controlar el cumplimiento de las obligaciones en dicha materia.

REPSE

Compartir:

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Llámanos

(+52) 55 4161 2277

Escríbenos

informacion@digitalsignature.com.mx

Nuestra ubicación

Jorge Eliot #12, piso 3, oficina 302, Col. Polanco IV sección, Alcaldía Miguel Hidalgo, CDMX, CP. 11550