Actualización al complemento de nómina

CFDI de nómina

Eres un emprendedor independiente o una empresa constituida en el mercado nacional, esto te interesa. El pasado 02 de diciembre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su Portal de Internet una actualización al complemento de nómina, definida como la revisión E, estas modificaciones serán vigentes a partir del primero de enero de 2026.

Los cambios tienen un impacto en la forma en como se registra la información del complemento y hacerlo de forma incorrecta puede atraernos problemas ante la autoridad dadas las medidas de fiscalización que están aplicando recurrentemente.

¿Qué debemos considerar de esta actualización?

  • El proveedor del sistema de facturación debe estar listo cuanto antes con los cambios en los sistemas
  • El proveedor de certificación de CFDI autorizado por el SAT también debe estar listo con los cambios para validar la información registrada en el comprobante de nómina
  • No se agregaron nuevos campos

Si no hay campos nuevos, los proveedores de facturación y certificación deben contar con las actualizaciones antes del 01 de enero de 2026, ¿Por qué debo preocuparme de estos como patrón?

Es sencillo, la autoridad fiscal actualizó el catálogo para Deducciones y Percepciones por lo que la forma en como se registra la información en el comprobante de nómina representa cambios que de hacerlo de forma incorrecta representa un riesgo de fiscalización para todos los negocios, por ello es relevante que el personal que lleva a cabo la emisión de los comprobantes de nómina cuente con la debida capacitación para evitar problemas con el fisco.

Recuerda que en 2026, el SAT llevará a cabo verificaciones de las facturas incluidos los recibos de nómina, con lo que podrá cuestionar los conceptos registrados en este tipo de comprobantes y su deducibilidad.

 

Cambios principales

  • Si el valor del campo Importe Exento es = 0 (cero), el valor registrado en el campo Importe Gravado debe ser mayor a cero, por cada Percepción registrada.
  • Si el valor del campo Importe Gravado es = 0 (cero), el valor registrado en el campo Importe Exento debe ser mayor a cero, por cada Percepción registrada.
  • Si el campo Tipo Percepción = 038 – “Otros ingresos por salarios”, el valor en campo Importe Exento debe ser = 0 (cero).
  • El valor registrado en el campo Subsidio Al Empleo, deberá ser menor o igual a 628.00, siempre que el valor registrado en el campo Número de Días Pagados sea menor o igual a 31.

Existen algunos otros aspectos particulares que debes considerar en la emisión correcta de los recibos de nómina, para asegurar el cumplimiento correcto de las disposiciones fiscales y garantizar su deducibilidad.

 

En DS contamos con el personal especializado que puede brindarte la mejor capacitación para tu personal, te garantizamos la correcta implementación de los cambios que implica esta nueva revisión del complemento de nómina para que evites problemas futuros como sanciones o no deducibilidad, ¡acércate con nosotros! conoce las ventajas de tener certeza en tus impuestos con innovación digital.

 

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