16 octubre, 2025
El Dictamen aprobado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en el análisis de la iniciativa del Ejecutivo, coincidió en la necesidad de aumentar la carga fiscal para desincentivar el consumo de productos con externalidades negativas, como el tabaco, las bebidas azucaradas, el juego con apuestas y los videojuegos con contenido violento.
Las principales modificaciones o precisiones que el Dictamen introduce sobre la propuesta original del Ejecutivo Federal se centraron en:
La propuesta del Ejecutivo buscaba aumentar la tasa ad valorem para cigarrillos al 200% y la cuota específica gradualmente hasta $1.1584 por cigarro para 2030, medidas que fueron aprobadas por la Comisión. Sin embargo, la Comisión introdujo dos cambios cruciales a la forma en que se gravarían los nuevos productos con nicotina (como las bolsas de nicotina):
La Comisión aprobó la propuesta del Ejecutivo de ajustar la cuota específica por litro de bebidas saborizadas de $1.6451 (2025) a $3.0818 (2026). También se aprobó ampliar la base gravable para incluir las bebidas saborizadas con edulcorantes añadidos (naturales o artificiales), además de azúcares, reconociendo que los edulcorantes no ofrecen beneficios a largo plazo y están asociados a problemas de salud.
A tono con alguna polémica recientemente presentada en redes sociales, y que se refierió en específico a una marca productora de sueros orales, sin mencionar directamente el caso, el dictamen incluye la siguiente aclaración en el proyecto:
El Dictamen aprobó íntegramente la propuesta del Ejecutivo para este rubro:
El Dictamen aprobó íntegramente la propuesta del Ejecutivo para crear un nuevo gravamen:
La Comisión aprobó la reforma formal para actualizar las referencias de “Distrito Federal” a “Ciudad de México” en la Ley del IEPS.
El Dictamen concluyó que las once iniciativas adicionales analizadas, adicionales a la presentada por el Ejecutivo Federal (incluyendo propuestas sobre el vino, la leche en polvo, la derogación de impuestos a combustibles, el fondo de prevención de obesidad con impuestos etiquetados, y el impuesto a empaques no reciclables) no fueron consideradas viables porque no aportaban mejoras sustantivas o carecían de congruencia jurídica.
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