Modificaciones al Anexo 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024

Registro Federal de Contribuyentes, Resico, Resolución Miscelánea Fiscal

El día de hoy 12 de diciembre de 2024, se publicó en el diario Oficial de la Federación la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal, en esta resolución la autoridad realizó modificaciones al Anexo 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, siendo estas las siguientes:

Validaciones en Marca de Retención contenida en las Listas RFC

  • Se modifica el inciso a) para establecer que cuando exista valor cero se aplicará a personas físicas o morales de cualquier régimen, por lo que se elimina a las personas físicas que no pertenezcan al RESICO.
  • Se deroga el inciso c) que establecía el valor 2 para persona física del RESICO al que se le debe retener ISR.

 

Así mismo, se observan modificaciones en la fracción VI. Validaciones adicionales al Anexo 20 y complementos de factura electrónica del Anexo 29, en específico en el numeral 7 Nodo “Retenciones”, consistente en la derogación de lo establecido en el punto 1 de este numeral, que establecía la validación de que el nodo retenciones debía existir cuando:

 

a ) El RFC del emisor contenga la marca Retención con valor “2” en la lista RFC y el atributo RegimenFiscal del Nodo Emisor tenga el valor 626.


b) Debe existir el nodo “Retenciones” con al menos un nodo hijo “Rretencion” donde el atributo “Impuesto” contenga un valor “001” y en él atributo “TasaoCuota” se registre el valor 0.0125 es decir 1.5% siempre que el atributo “RFC” del nodo receptor contenga una longitud de 12 posiciones (persona moral).


Cabe señalar que conforme al artículo Primero Transitorio de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, los cambios realizados al Anexo 29 tendrán vigencia a partir del 13 de diciembre de 2024.
En Digital Signature nos ocupamos de la continuidad de tu operación, si tiene algún problema con la implementación de los nuevos cambios contenidos en el Anexo 29 de la RMF, no dudes en contactarnos.


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