Explotación laboral

CFDI, CFDI de nómina, Explotación laboral

Si tienes trabajadores, debes saber que a partir del 8 de junio de 2024 se tipificó como delito la trata de personas en su modalidad de explotación laboral, previsto en el artículo 21 de la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delito (LPSEDTDP).

 

¿Cuándo se considera que hay explotación laboral?

  • Cuando una persona obtiene, directa o indirectamente, beneficio injustificable, económico o de otra índole.
  • De manera ilícita mediante el trabajo ajeno.
  • Con prácticas que atentan contra la dignidad de la persona.

Esto sucede, ente otros supuestos, cuando los trabajadores realizan jornadas de trabajo por encima de lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo.

 

¿Cuál es la pena para el patrón?

De 3 a 10 años de prisión, y de 5 mil a 50 mil días de multa.

¡Riesgoso!, ¿verdad?, para no caer en incumplimientos considera lo siguiente:

No exceder de las 8 horas de trabajo en la jornada diurna, de 7 horas la nocturna y de 7 horas y media la mixta.

Recuerda que, por cada 6 días de trabajo, deberá disfrutar el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.

 

En caso de horas extras, toma en cuenta lo siguiente:

  1. No deben de exceder de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.
  1. Si se acumulan nueve horas extras, se pagan al doble.
  1. Si se acumulan, más de nueve horas extras en una semana, o más de tres horas extras en un solo día, se pagan al triple.

 

Es muy importante que sepas que el pago de tiempo extra por encima de 9 horas a la semana no exime al patrón de las sanciones y de incurrir en el delito de trata de personas en explotación laboral.

 

Tomar en cuenta las siguientes recomendaciones evitará que actualices una conducta delictuosa:

  • Revisar los contratos laborales y que en ellos se prevean jornadas de trabajo acordes con los límites establecidos en la ley.
  • Llevar un control eficaz de las horas extras por trabajador y que estas se encuentren en los límites de la Ley.
  • Verificar que las horas extras se hayan pagado de acuerdo con las normas de la materia.
  • Documentar que el trabajador laboró tiempo extraordinario voluntariamente.
  • En cualquier jornada laboral, verificar que éstas no afecten los derechos humanos laborales.
  • En caso de existir contratos colectivos de trabajo o contratos ley, apegarse a las disposiciones previstas en los mismos sobre jornada laboral, pago de horas extraordinarias y días de descanso obligatorio.

 

Llevar un adecuado registro de la información de las horas extras y de la jornada de trabajo en el comprobante fiscal de nómina ayudará a minimizar los riesgos y las sanciones privativas de libertad.

 

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Nosotros nos ocupamos de esto para que tú y tu empresa tengan certeza en sus impuestos y en el correcto llenado de las horas de trabajo extraordinarias en los CFDI de nómina.

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