20 octubre, 2023
Con fecha del 18 de octubre de 2023, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicó en el Diario Oficial de la Federación la SÉPTIMA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.
En esta Resolución, se reforman las reglas 1.6., segundo párrafo, fracción IV, segundo párrafo; 2.5.3., primer párrafo; 2.5.21., primer párrafo; 2.7.2.10., tercer párrafo, fracciones VI y VIII; 2.7.4.9., segundo y sexto párrafos; 2.9.13., segundo párrafo; 2.11.6., fracción III; 2.18.1., párrafos cuarto, fracción IV y quinto; 3.1.24.; 3.10.4.; 5.2.23., fracción V; 7.42.; 11.1.9., primer párrafo y 13.1., primer párrafo, fracción VIII; se adicionan las reglas 2.9.10., primer párrafo, fracción I, inciso h); 3.13.36.; 5.2.23., fracción VII, pasando las actuales fracciones VII a XII a ser VIII a XIII y 12.1.3., segundo párrafo y se deroga la regla 2.4.2., segundo párrafo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.
Los cambios realizados en reglas son los siguientes:
Transitorios
En caso de que, con posterioridad al 30 de septiembre de 2023, se interponga un medio de defensa en contra de la multa a que se refiere el primer párrafo de la presente disposición, no procederá la renovación de la vigencia de la autorización.
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